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Ilustración generada con IA: un drone cuadricóptero negro en vuelo sobre un valle serrano al atardecer, con sierras en bruma, pinares y un arroyo que serpentea.

Técnica y equipos

FPV y normativa de ANAC: visión remota, observador y alcance visual

La RAAC define el FPV como operación con visión remota y lo admite en la categoría Abierta con un observador o un sistema de monitoreo. Qué dice cada artículo, qué queda fuera de la norma y los dos puntos que el texto no resuelve.

Autor
Julián Bagilet
Publicado
6 de octubre de 2026
Lectura
6 min

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Artículo

Actualizado el 06/10/2026. Última verificación contra el texto oficial: 06/10/2026. Información general, no es asesoramiento legal.

En FPV normativa Argentina es concreta: la RAAC define el vuelo con visión remota y lo admite en la categoría Abierta si el piloto tiene el apoyo de un observador o de un sistema de monitoreo de navegación (RAAC 101.07). Lo demás no cambia: 122 m sobre el terreno y nada de vuelo sobre personas sin consentimiento.

Abajo va cada artículo, lo que queda fuera de la norma y dos puntos donde el texto no es del todo claro.

Qué es la visión remota para la norma

Las Partes 100 y 101 de la RAAC tienen la misma definición: "Operación con visión remota (FPV): Operación en donde el piloto al mando a distancia utiliza exclusivamente la cámara a bordo del RPA/RPAS para navegarlo." La palabra clave es exclusivamente: si el piloto vuela con gafas o mirando una pantalla, sin ver el dron con sus ojos, es FPV para la norma, sea un dron de carreras o uno de filmación.

Las mismas definiciones distinguen la operación con visibilidad directa (VLOS), en la que el piloto mantiene contacto visual directo con el dron "sin la asistencia de otros miembros de la tripulación", y la operación sin visibilidad directa (BVLOS), en la que no lo mantiene. La RAAC 100.15 (1) enumera las clases de operación (VLOS, BVLOS, automática, autónoma, simultánea y manual) y el FPV no figura como una clase aparte: es una forma de pilotar que hay que encajar en esas reglas.

Alcance visual y observador (101.07)

La RAAC 101.07 (a) (1) dice que en la categoría Abierta un dron se opera "dentro del alcance visual de la persona que opera la RPA/RPAS (VLOS), a menos que cuente con apoyo de un observador o un sistema de monitoreo de navegación". Esa excepción es la que permite el FPV en la Abierta.

El observador está definido: es el miembro de la tripulación remota que, mediante observación directa del dron, ayuda al piloto a volar de forma segura. La RAAC 100.15 (2) (a) agrega que el explotador puede valerse de uno o más observadores para mantener el control visual continuo. En la práctica, el observador va al lado del piloto, mira el dron y el cielo y avisa de aeronaves, personas u obstáculos.

Dos puntos que el texto no resuelve:

  • La norma no define qué es un sistema de monitoreo de navegación. No dice si alcanza con la telemetría del equipo o si hace falta otra cosa. Mientras no haya aclaración, la opción segura es el observador.
  • La definición general de miembro de la tripulación remota habla de un titular de una autorización emitida por la autoridad aeronáutica, mientras que en la Abierta la licencia es voluntaria (RAAC 101.03). El texto no dice si el observador de un vuelo FPV en la Abierta necesita algún papel. Si tu operación depende de eso, la consulta formal se hace a normaer@anac.gob.ar, la casilla de normativa que figura en la propia RAAC.

Recintos cerrados: excluidos de la Parte 100

El texto vigente de la RAAC 100.03 (a) (iii), en el Anexo I de la Res. ANAC 312/2026, excluye de la Parte 100 y de cualquier otra Parte que regule estos vuelos a los drones que operan "en recintos completamente cerrados". Los ejemplos de la norma son un estadio cubierto, un teatro, un hangar, un galpón, un depósito o pabellón industrial techado y un centro de convenciones.

Eso explica por qué tantas carreras y prácticas de FPV se hacen bajo techo. Pero completamente cerrado quiere decir eso: un galpón con un portón abierto que da al exterior, o una cancha techada sin paredes, no encaja con facilidad en la exclusión. Y aunque el vuelo quede fuera de la RAAC, siguen valiendo la responsabilidad civil por daños y el derecho a la imagen de las personas (Código Civil y Comercial, art. 53).

FPV y vuelo sobre personas

El FPV no tiene una regla especial sobre personas: rige la general. La RAAC 101.11 prohíbe volar sobre una persona salvo que participe en la operación o haya dado su consentimiento, y la 100.15 (c) prohíbe volar sobre multitudes o aglomeraciones sin dispensa. Como el FPV suele volar bajo y cerca, esta regla pesa más que en un vuelo estabilizado: en una casa, un hotel o un evento, la planificación empieza por saber quién va a estar y dónde.

Si el vuelo capta imágenes que permiten identificar a personas o a sus bienes, aplica la Ley 25.326 de datos personales (RAAC 100.09).

Carreras y competencias con FPV

La RAAC no tiene un capítulo sobre competencias de FPV. Lo que sí hay son reglas que las afectan:

  • En la categoría Abierta no se hacen vuelos de instrucción o entrenamiento (RAAC 101.10 B 7). Una práctica para aprender a volar al aire libre choca con esa regla; bajo techo, en un recinto completamente cerrado, queda fuera de la norma.
  • Cada piloto opera un solo dron a la vez (RAAC 101.07 a 3 y 100.22).
  • Las operaciones en enjambre requieren autorización expresa (RAAC 101.10 B 9).
  • El público de una carrera es una aglomeración: el circuito se arma para que no se vuele sobre él.

Cuadro de situaciones FPV y regla aplicable

  • Volar con gafas en un campo abierto, con un observador al lado, encaja en la categoría Abierta (RAAC 101.07 a 1).
  • Volar con gafas sin observador ni sistema de monitoreo, en exteriores, no cumple la condición de alcance visual (RAAC 101.07 a 1).
  • Volar dentro de un galpón cerrado queda fuera de la RAAC (100.03 a iii, texto vigente), con responsabilidad civil igual.
  • Entrar volando a una casa desde el jardín es un vuelo exterior que sigue las reglas de la Abierta en la parte de afuera.
  • Pasar sobre los invitados de un evento requiere su consentimiento (RAAC 101.11) y nunca sobre una aglomeración (100.15 c).
  • Seguir un auto pilotando desde otro vehículo en movimiento requiere autorización (RAAC 101.13).
  • Una práctica de entrenamiento al aire libre no se hace en la categoría Abierta (RAAC 101.10 B 7).

Cómo volamos FPV en LumeDron

Julián vuela FPV y, en exteriores, lo hacemos con un observador que mira el dron y el entorno durante todo el vuelo. Revisamos el lugar en el AIP de ANAC antes de confirmar fecha y planificamos el recorrido para no pasar sobre personas que no dieron su consentimiento. El registro de nuestros equipos ante ANAC está en trámite.

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Fecha de revisión

Revisamos este artículo cada mes contra el Boletín Oficial y la página de ANAC. Última revisión: 06/10/2026.

Fuentes consultadas (7)

Dudas comunes

Preguntas sobre este tema

¿Se puede volar FPV en Argentina con las gafas puestas?

Sí, en la categoría Abierta, si el piloto cuenta con el apoyo de un observador o de un sistema de monitoreo de navegación (RAAC 101.07 a 1). La norma define el FPV como la operación en la que el piloto usa exclusivamente la cámara a bordo para navegar. Como no define el sistema de monitoreo, lo prudente es volar con observador.

¿El FPV está permitido en la categoría Abierta?

Sí, con las condiciones del texto: observador o sistema de monitoreo (RAAC 101.07), por debajo de 400 pies sobre el terreno, sin volar sobre personas sin su consentimiento (101.11), fuera de zonas restringidas y de control (101.10) y sin vuelos de entrenamiento al aire libre (101.10 B 7). Los vuelos en recintos completamente cerrados quedan fuera de la RAAC.

¿El observador de un vuelo FPV necesita licencia?

El texto no lo resuelve. La definición de miembro de la tripulación remota habla de un titular de una autorización, pero en la categoría Abierta la licencia es voluntaria (RAAC 101.03). Mientras ANAC no lo aclare, la consulta formal se hace a normaer@anac.gob.ar. En la práctica, el observador tiene que conocer las reglas y avisar a tiempo.

Ilustración generada con IA: horizonte oscuro de sierras superpuestas en bruma verdosa, con un leve resplandor cálido en el borde del cielo.

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